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14/02/2022

La nueva Ley de Startups

Legislacion startup

El auge del traslado del emprendimiento al mundo digital ha transformado la forma de concebir un negocio.

Este escenario ha motivado la aprobación de una nueva Ley de Startups con el fin de potenciar la inversión y emprendimiento. Así, la nueva norma fue aprobada el 10 de diciembre de 2021, previendo su entrada en vigor en el verano del 2022.

Tabla de contenidos

¿Qué es la Ley de Startups?

La ley del ecosistema de las empresas emergentes, más conocida como ‘ley startups’, trata de fomentar el emprendimiento y adoptar una serie de singularidades jurídicas para estas empresas, especialmente por sus específicas necesidades de financiación.

Además, busca estimular la atracción de talento e inversión nacional y extranjera que impulse el I+D+i, la colaboración entre pymes, grandes empresas, Universidades y centros de investigación.

Esta ley se engloba dentro del plan España Nación Emprendedora, con la que desde el Gobierno se trata de impulsar el desarrollo digital y acelerar el crecimiento de las inversiones para situar a España a la par de otros países líderes en el sector tecnológico.

¿Qué novedades supone la Ley de Startups?

Esta nueva Ley de Startups supone un beneficio para estas empresas en menores impuestos y burocracia, con la que se pretende flexibilizar la regulación enfocada hacia las empresas emergentes.

Una de las novedades que acompaña a esta ley, es la digitalización de las Administraciones Públicas con el fin de acompañar de una manera más ágil y fácil la nueva creación de estas empresas, puesto que durante los primeros años en su ciclo de vida deberán de llevar a cabo una elevada cantidad de trámites para el desarrollo de estas empresas innovadoras de reciente creación.

Ley de Startups: Nueva fiscalidad

Esta nueva ley de Startups busca atraer la inversión e innovación en España, por medio de nuevas ventajas traducidas en medidas tributarias y fiscales atractivas:

  • Reducción hasta el 15% en impuesto de sociedades durante los cuatro primeros años de vida de la empresa.
  • Ofrecen la posibilidad de aplazar pagos de otros impuestos durante dos ejercicios.
  • “Stock options” pasa de 12.500 euros a 50.000 anuales, en caso de entrega de startups de acciones a la bolsa. Las retribuciones se retrasarán al momento en el que se hayan liquidado.
  • Los primeros 100.000 euros de inversión en la startup serán libres de impuestos (incluso para el propio emprendedor). Después, habrá una deducción por inversión del 50% en los primeros cinco años de vida, y 7 años en el caso de los siguientes sectores:
    • Biotecnología
    • Energía
    • Industria
    • Sectores estratégicos
    • Sectores que han desarrollado tecnología, diseñada íntegramente en España
  • Se eleva la deducción máxima por inversiones en startups de 60.000 euros a 100.000 euros anuales (esto beneficiará no sólo a inversores, también a emprendedores).

Ley de Startups: Menos burocracia

La nueva normativa, no sólo beneficia en términos fiscales, sino que acompaña con ventajas burocráticas:

  • Aplazamiento de deuda tributaria de impuesto de sociedades o impuesto sobre renta de no residentes, por unos 6 a 12 meses.
  • Exención de la obligación de efectuar pagos fraccionados del impuesto de sociedades e impuesto sobre renta de no residentes en un periodo de 2 años posteriores a la base imponible positiva.
  • Se elimina la obligación de contar con el NIE para los inversores no residentes, para ello sólo se debe contar con un número de identificación fiscal.
  • Se agilizan los trámites del cese de actividad, así como la posibilidad de realizarlo de manera online.
  • Además, el registro de las startups también se podrán realizar de forma digital y con unos estatutos tipo.
  • Agilizar el trámite y obtención de visados, con el fin de atraer la inversión tanto nacional como extranjera. En el caso de autónomos digitales, se concederá a mayores un tipo impositivo reducido para la obtención de visados.
  • Se lleva a cabo entornos de prueba regulados basados en la experiencia del sandbox del sector financiero, con la que se pretende promover la creación de entornos controlados con periodos limitados para evaluar la viabilidad de la innovación.

Requisitos para poder beneficiarse de la Ley Startups

Algunos de los requisitos que recoge la Ley Startups, para poder gozar de los beneficios que esta aporta, son los siguientes:

  • Ser una empresa de nueva creación: que haya transcurrido un máximo de 5 años tras su constitución (en el caso de empresas del sector de la biotecnología, energía o industria hasta un máximo de 7 años).
  • Contar con el establecimiento en España, al igual que destinar un 60% de la plantilla contratada en nuestro país.
  • No haber sufrido modificaciones estructurales en la empresa.
  • Ser considerada empresa innovadora y no haber distribuido dividendos ni cotizar en el mercado regulado.

Pese a cumplir los requisitos anteriormente mencionados, existen casos en los que se podría excluir a una startup (o al fundador de la misma):

  • Por tratarse de un procedimiento para obtener incentivos fiscales y sociales: Caso de emprendedores que han sido ya fundadores previamente de otras empresas emergentes y como consecuencia de ello, se hayan beneficiado de la ley de startups, quedando por ello excluidas de dichos beneficios al darse las condiciones de extinción temprana de sociedad y constitución en fraude de ley.
  • Las empresas fundadas por personas que no cumplan sus obligaciones tributarias.
  • Empresas que estén siendo investigadas como autoras de un hecho punible.
  • Empresas que hayan sido condenadas por algún delito de administración desleal, societario, de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo, entre otros.


Por lo tanto, las startups, podrán perder el derecho a beneficiarse de las ventajas que esta ley otorga, bajo el amparo de la nueva ley:

  • Por incumplimiento de las condiciones anteriormente mencionadas, en término de 5 ó 7 años desde la creación de la startup.
  • Extinción de la startup antes de un plazo de 5 ó 7 años.
  • En caso de ser adquirida por otra compañía que no tenga la condición de empresa emergente o startup.
  • Que cuente con un volumen de negocio anual por encima de los 5 millones de euros.
  • Que realicen actividades que puedan ocasionar un significante daño al medio ambiente.
  • En caso de que administradores o fundadores hayan sido condenados.

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