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24/01/2022

Estado de Información No Financiera (EINF): qué empresas se ven en la obligación de elaborarlo y cómo hacerlo

Estado de Información No Financiera

El Estado de Información no Financiera (EINF) fue aprobado por la Ley 11/2018, que transpone de la Directiva 2014/95/UE, teniendo como objetivo la obligatoriedad de que las grandes empresas de la Unión Europea elaboren y presenten el EINF junto al informe de gestión.

Esta ley exige incluir un mínimo obligatorio de aspectos que se deben recoger en el informe no financiero, entre los que se encuentran algunos relacionados con cuestiones medioambientales, relativos a las personas y el respeto de los derechos humanos, las actuaciones en contra de la corrupción y otras acciones de negligencia cometidas dentro de las empresas.

Para garantizar dicho cumplimiento, se deben proporcionar unos indicadores de actividades no financieras que cumplan los criterios de comparabilidad, materialidad, relevancia y fiabilidad.

Tabla de contenido

¿Qué empresas deben elaborar el EINF?

El Estado de Información No Financiera (EINF) debe ser elaborado por aquellas empresas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Equipo de más de 250 trabajadores en el ejercicio anterior.
  • Contar con la consideración de Entidades de Interés Público.
  • Cumplir durante más de dos años consecutivos con alguna de las siguientes condiciones:
    • Un activo de más de 20 millones de euros.
    • Una cifra de negocios mayor de 40 millones de euros.

Esta obligatoriedad cesará en el momento en el que durante dos ejercicios consecutivos no se cumplan los requisitos que se han relacionado con anterioridad.

Se presenta bajo la Ley de obligatoriedad por grupo, la cual no obliga a la filial a presentar el EINF en caso de pertenecer a un grupo. Es la empresa dominante quien está obligada a elaborar el EINF incluyendo a todas las filiales que la componen, sin embargo, en el caso de que alguna de las empresas dependiente desee también hacerlo (aunque esté exenta) deberá hacer referencia a:

  • La identidad de la sociedad dominante a la que pertenece.
  • La localización en la que se puede disponer del EINF del grupo.

Proceso de recopilación de información del EINF

Teniendo en cuenta que debemos cumplir con la Ley 11/2018, la información disponible relativa a la RSC de la empresa debe ser significativa, coherente y comparable; haciendo posible medir, verificar y comparar el rendimiento e impacto económico, social y ambiental de sus actividades.

Debemos tener en cuenta que debe divulgarse información no relativa al ámbito financiero, siendo útil y comparable para los grupos de interés, pudiendo tomar decisiones sobre la organización en función de los indicadores recogidos.

¿Qué aspectos debe recoger el EINF?

El informe debe versar sobre aspectos de RSC (Responsabilidad Social Corporativa), por lo será indispensable reflejar cuestiones relacionadas con:

  • Medioambiente y medidas que contribuyen a su mejora (acciones que frenan la contaminación, innovación en economía circular, adaptación de uso sostenible de recursos, protección de la biodiversidad…).
  • Sociales y relativas al personal (garantizar el cumplimiento de los derechos humanos del personal, generación de empleo, organización del trabajo, velar por la salud y seguridad, igualdad, formación…).
  • Acciones en contra de la corrupción y soborno.
  • Compromisos con la sociedad (desarrollo sostenible, seguridad y transparencia hacia los consumidores, información fiscal, subcontrataciones y proveedores…).

Otro aspecto relevante es aquella información relacionada con los riesgos y su impacto según la actividad y los países en los que opera (independientemente de si se trata de una sociedad individual o de un grupo de sociedades), incluyendo parámetros medioambientales, sociales y relacionados con el personal que trabaja en la empresa.

El contenido mínimo que debe aparecer en el EINF, según el art. 49 del Código de Comercio, incluye:

  • Modelo de negocio y su organización.
  •  Estrategias y objetivos.
  •  Factores que pueden afectar a su futura evolución.
  • Su entorno empresarial y los mercados en los que actúa.
  • Principales riesgos derivados de sus actividades a corto, medio y largo plazo.
  • Políticas de la empresa, procedimientos de diligencia aplicados a la identificación y evaluación de riesgos.
  • Actividades de verificación y control.

La información debe ser precisa, relativizando aquello que se considera importante incluir y los indicadores clave, siendo aconsejable el empleo de gráficos para facilitar el análisis a los grupos de interés que deseen evaluar los informes.

Marcos sujetos para la elaboración del EINF

La Ley 11/2018 sujeta al Estado de Información no Financiera sigue diferentes guías a las que las empresas pueden recurrir para su correcta elaboración. Entre las propuestas encontramos las Guías de la Global Reporting Initiative (GRI) y de las Directrices de la Comisión Europea, aunque también pueden basarse en otros marcos normativos sujetos a niveles nacionales, supranacionales (como la Unión Europea) o internacionales.

Cómo y cuándo debe ser elaborado el EINF

El Estado de Información de No Financiera puede incluirse junto al informe de gestión, o de manera independiente, como un informe separado mencionando que forma parte del informe de gestión (debiendo notificarse en éste una referencia indicando que irá de manera separada y dónde poder localizar el EINF).

El EINF debe formularse en un plazo no superior a tres meses desde la fecha de cierre del ejercicio, debiendo ser firmado por todos los administradores. Una vez que éste se haya realizado, se cuenta con un plazo máximo de seis meses desde el depósito de cuentas en el Registro Mercantil para la publicación en la propia página web, debiendo permanecer en ella durante un periodo de cinco años.

No será posible omitir información importante no relacionada en materia financiera, ya que puede perjudicar a la posición en la que se encuentra el grupo al que pertenece la entidad.

¿Debe ser verificada la información recogida en el EINF?

Siguiendo el principio de fiabilidad, la información recogida en el EINF debe ser revisada para asegurarse de la calidad y transparencia de la información y parámetros con relación a las acciones que la empresa está llevando a cabo en base a su compromiso con la sociedad, el medio ambiente y sus trabajadores.

Este proceso deberá llevarlo a cabo un auditor asignado y externo a la empresa, con la finalidad de verificar que dicha información es correcta.

Beneficios de elaborar el EINF

Difundir a los grupos de interés el EINF de las empresas, genera una serie de beneficios:

  • Transparencia que se genera, traducida en confianza.

Las acciones llevadas a cabo en beneficio de la sociedad son repercutidas a favor de las empresas que lo elaboran, mejorando su imagen y reforzando la transparencia y confianza que se genera frente a terceros.

  • Fiabilidad de la información, al requerir de verificación externa.

Toda información debe ir complementada con indicadores objetivos, sujetos a mediciones de diferentes variables relacionadas con la RSC de la empresa, sujeto todo ello a un proceso de verificación que comprobará su veracidad y su ajuste con la realidad de la organización. Por ello, y conforme a diversos estudios realizados, estos informes publicados en la web de la propia empresa generan e incrementan la confianza y la fiabilidad frente a terceras partes.

  • Fuente de información útil que ayuda a tomar decisiones y mejora el rendimiento de la organización.

El EINF pone a disposición pública información global de la empresa, pudiendo ser de utilidad no sólo para los agentes externos, sino que de manera interna permite también a la organización conocer y analizar lo que está haciendo y lo que es susceptible de mejora con relación a parámetros de RSC.

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